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Category Archives: Historia Clinica

Cómo se debe diligenciar la historia clínica de un paciente?

El acto asistencial se materializa con la actividad de llenar la historia clínica de las personas que atendemos, denominados pacientes dentro de la consulta.

Desde el inicio de la medicina, se han consignado datos de pacientes como parte de la relación médico paciente, cobrando cada día más relevancia e importancia el diligenciar de forma oportuna y correcta los expedientes o historias clínicas, ya sea física o magnética.

Entendiendo que la historia clínica es un documento médico legal utilizado por todas las profesiones de salud, que da cuenta de los diferentes encuentros e impresiones diagnosticas que todo el equipo de salud ha realizado alrededor de un paciente ya sea de forma ambulatoria, hospitalaria, extramural y por supuesto telemedicina.

 

En Colombia existe diversa normatividad relacionada con la historia clínica en donde se definen tres (3) componentes o módulos:

1. Identificación de paciente: Son los datos individuales del sujeto a ser atendido que permite conocerlo y aporta información relevante al momento de diligenciar la historia clínica. Algunos ítems están asociados a  (país de origen, nombre completo, número de identificación, fecha de nacimiento, genero, sexo biológico, Etnia, tipo de discapacidad en caso de tener,  voluntades anticipadas, desea ser donante, lugar de residencia, de atenciones y tipo de servicios entro otros)

2. Registros especiales: son datos específicos del tipo de atención como los RIPS.

3. Anexos: son registros asistenciales y administrativos que aporta información del paciente. Entre ellos están: consentimientos informados, salidas voluntarias de hospitalización o de urgencias, lecturas de imágenes diagnostica, o de laboratorios clínicos, otros paraclínicos.

Los registros o anexos pueden ser definidos según el tipo de servicio, por ejemplo:en odontología la carta dental, en obstetricia la partograma , en pediatría curvas de crecimiento, voluntades anticipadas, ser donador de órganos o no, copias de las solicitudes de historia clínica.

 

¿De quién esla historia clínica?

La respuesta es rápida y sencilla; del paciente. Él es el dueño y titular, es la única persona que puede decidir quién puede ver su historia clínica, aparte de los autorizados por la norma. Sin embargo puede tener acceso a esta:

-Los prestadores (independiente, IPS, clínica, hospitales, centros médicos, empresas de ambulancias, otros) son los encargados de diligenciar la historia clínica luego de cada atención del paciente en la consulta, en los servicios de urgencia, la hospitalización, los servicios de apoyo diagnóstico y guardarla y proteger por un tiempo determinado.

-El personal de salud es el responsable de llenar los diferentes módulos o componentes del expediente clínico.

-Otros autorizados por la ley.

 

El diligenciamiento requiere:

-Ser un prestador de servicios de salud habilitado.

– Ser legible, es decir poder leerse los datos consignados ya sean letras, números, caracteres o la suma de todos.

-Firma de los que han atendido al paciente de forma electrónica, digital o física en donde se pueda leer nombre completo del personal de salud que realiza el registro y cargo que desempeña al momento de la atención.

-Hora y fecha de la atención de forma paralela a la atención.

-Registrar información de forma ordenada, cronológica, no dejar espacios en blanco, no usar siglas, utilizar la clasificación internacional de enfermedades CIE 10, diagnóstico, plan de tratadito, uso de medicamentos, incapacidad y número de días según el caso.

-No ser modificado luego de ser escrito o grabado, se pueden hacer correcciones pero no borrar luego de grabado.

-Conservarla información mínimo 15 años luego de su última atención.

Es importante aclarar que el uso de Word, Excel, libros de texto, otros o sistemas que NO sean de uso para salud y específicamente para la generación, registro o archivo de historia clínica, serán objeto de investigaciones, posibles sanciones y multas por parte de las autoridades competentes como la secretaria de Salud y la SuperintendenciaNacional de Salud.

La historia clínica electrónica ya es una realidad, por esto en SAC hemos desarrollado el más completo y eficiente software historia clínica, siendo un aliado estratégico, que de forma gradual ayuda a la migración del papel al mundo digital. Desde el agendamiento, diligenciamiento de la historia clínica y pasando por: la prescripción, consentimiento informado, la generación de RIPS y la facturación electrónica. De forma segura, confiables con los requerimientos normativos y su acompañamiento en toda la transición o el inicio de la atención con un consultorio o IPS de vanguardia en donde el tiempo es algo esencial.

La historia clínica electrónica debe garantizar la seguridad de la infracción, confidencialidad, la permanencia en el tiempo, no ser modificado, también estar certificada por un ingeniero de sistemas que avale el cumplimiento normativo.

Evolucionando a un entorno de salud digital: 4 Beneficios de la historia clínica electrónica

La Historia Clínica electrónica y las tecnologías de salud digital en general, ofrecen numerosos beneficios tanto para los profesionales de la salud como para los pacientes. Es por eso que presentamos cuatro de sus principales beneficios:

  • Mejora la atención al paciente: Los expedientes médicos electrónicos pueden reducir los errores médicos al evitar confusiones sobre medicamentos, alergias y enfermedades pasadas del paciente. La información precisa y completa ayuda a los médicos a tomar decisiones de tratamiento informadas y a proporcionar una atención médica de alta calidad.
  • Expedientes clínicos disponibles en tiempo real: Los expedientes médicos electrónicos permiten que los profesionales de la salud accedan a la información de los pacientes de manera más rápida y fácil. La información se puede compartir de manera instantánea entre diferentes profesionales de la salud, lo que reduce el tiempo que se tarda en obtener información y mejora la eficiencia en la atención médica.
  • Seguridad y respaldo de la información: Los expedientes médicos electrónicos pueden ser más seguros que los expedientes médicos en papel porque el acceso a la información se puede restringir a los profesionales de la salud autorizados. Además, la información se puede hacer copias de seguridad para evitar la pérdida de datos en caso de desastres naturales o incendios.
  • Ahorro de costos de los centros de salud: Contar con expedientes médicos electrónicos puede reducir significativamente los costos administrativos, al tener la documentación simplificada y en su solo lugar.

También, al tener procesos automatizados y generación de reportes, se ahorra tiempo valioso, que se puede dedicar exclusivamente a la debida atención al paciente.

SAC Medical Team es la plataforma de salud digital ideal para los profesionales de la salud, cuenta con todo lo esencial para que puedas disfrutar de estos y muchos otros beneficios para tu práctica profesional.

Resolución 1638 de 2022 CUPS

 ¿Sabes cuál fue el cambio?

Para nosotros siempre será importante estar al día con las actualizaciones de leyes que tengan relación con todo el área de salud, en este caso se realizó un cambio resiente en la resolución 1638 de 2022 CUPS

En el siguiente artículo publicado por la página web consultor salud habla de cómo cambio esta norma y que aspectos se tomaran en cuenta ahora en adelante.

Debido al riesgo epidemiológico asociado a la circulación de virus a nivel mundial, se hizo necesario incluir dentro de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud, un código que se encuentre disponible para vacunación de otros virus en caso de requerirse, como medida de contención ante alertas epidemiológicas.

Por esta razón el Ministerio de Salud ha expedido la resolución 1638 de 2022, mediante la cual modifica la Resolución 2077 de 2021, en el sentido de adicionar en la categoría 99.3.5 “VACUNACIÓN E INOCULACIÓN PROFILÁCTICA CONTRA CIERTAS ENFERMEDADES VÍRICAS”, del Anexo Técnico 2 “Lista Tabular”.

El código nuevo es el 99.3.5.23 que identifica VACUNACIÓN CONTRA OTRO VIRUS (ESPECÍFICO).

De igual manera excluye claramente: “OTRAS VACUNACIONES DEL PROGRAMA AMPLIADO DE INMUNIZACIONES U OTRAS INMUNIZACIONES PARA ENFERMEDADES VÍRICAS QUE YA ESTÉN DETERMINADAS EN ESTA LISTA TABULAR”.

Esta es una importante decisión de la Ministra Carolina Corcho, que prepara a Colombia para una potencial vacunación contra la viruela símica.

 

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se modifica la Resolución 2077 de 2021, en el sentido de incluir un procedimiento de administración de vacunas.

LA MINISTRA DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas por los numerales 3 y 7 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993 y,

CONSIDERANDO

Que, este Ministerio a través de la Resolución 2077 de 2021 vigente a partir de enero 1° de 2022, estableció la Clasificación Única de Procedimientos en Salud —CUPS-, contenida en sus anexos técnicos.

Que, el Anexo Técnico 2 “Lista Tabular de la éitada Resolución 2077 de 2021, en el capítulo “99 – PROCEDIMIENTOS PROFILÁCTICOS, TERAPÉUTICOS Y OTROS PROCEDIMIENTOS MISCELÁNEOS”, categoría “99.3.5. – VACUNACIÓN E INOCULACIÓN PROFILÁCTICA CONTRA CIERTAS ENFERMEDADES MICAS”, lista los procedimientos de aplicación, vacunación o inoculación contra enfermedades víricas determinadas.

Que, debido al riesgo epidemiológico asociado a la circulación de virus a nivel mundial, se hace necesario incluir dentro de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud, un código que se encuentre disponible para vacunación de otros virus en caso de requerirse, como medida de contención ante alertas epidemiológicas.

RESUELVE

Artículo 1. Modifíquese la Resolución 2077 de 2021, en el sentido de adicionar en la categoría 99.3.5 “VACUNACIÓN E INOCULACIÓN PROFILÁCTICA CONTRA CIERTAS ENFERMEDADES VÍRICAS”, del Anexo Técnico 2 “Lista Tabular”, el siguiente procedimiento:

CÓDIGO DESCRIPCIÓN
99.3.5.23 VACUNACIÓN CONTRA OTRO VIRUS (ESPECÍFICO)
Excluye: OTRAS VACUNACIONES DEL PROGRAMA AMPLIADO DE INMUNIZACIONES U OTRAS INMUNIZACIONES PARA ENFERMEDADES VÍRICAS QUE YA ESTÉN DETERMINADAS EN ESTA LISTA TABULAR

Artículo 2. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de su publicación y modifica la Resolución 2077 de 2021.

Interoperabilidad de la historia clínica

Esta iniciativa permitirá la conexión, intercambio básico de información y protección de los datos del paciente dentro del sistema de salud.

Para fortalecer el ecosistema de salud digital, agilizar, garantizar el acceso y el ejercicio de los derechos a la salud y a la información de las personas en Colombia, se hace necesaria la implementación del proyecto de Interoperabilidad de Historia Clínica Electrónica

Carlos Rozo – Director de Gobierno Digital del Ministerio de las TIC

La Interoperabilidad de la Historia Clínica es un proyecto que se viene realizando en mesas de trabajo entre la Consejería Presidencial para la Innovación y la Transformación Digital, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Departamento Nacional de Planeación, el Archivo General de la Nación y el Ministerio de las TIC.

Descifrando CIE-10 y esperando CIE-11

En Colombia, todos los profesionales de la salud requieren conocer la CIE-10 para codificar correctamente los diagnósticos en las historias clínicas, y los administrativos para tomar mejores decisiones al utilizar reportes estadísticos basados en esos códigos.

Anatomía de la CIE-10: Categorías y agregación

La CIE-10 consta de 21 capítulos, 2.036 categorías y 12.154 subcategorías en su versión original presentada internacionalmente en octubre de 1989.

Fue aprobada en mayo de 1990 por la cuadragésima tercera Asamblea Mundial de la Salud, adoptada por la mayoría de los países miembros de la OMS a partir de 1994, traducida a más de 40 idiomas, Se cita en más de 20.000 artículos científicos y es utilizado por más de 100 países de todo el mundo.

Los códigos posibles van de A00.0 a Z99.9 excepto la letra U que no se utiliza, pues se ha dejado para la asignación provisional de nuevas enfermedades de etiología incierta, o para investigación. La CIE-10 permite agregar y desagregar las enfermedades, porque utiliza el concepto de “familias” de enfermedades.

Es una lista básica de categorías de 3 caracteres, cada una de las cuales puede ser subdividida en 10 categorías, de 4 caracteres.

Próxima Clasificación Internacional de Enfermedades CIE-11

La CIE-11 ha sido diseñada para reflejar las nuevas necesidades en la generación y el uso de la información en salud, así como va a revolucionar la forma en que se codifican las condiciones en el entorno clínico.

Cronología de desarrollo de la OMS para la CIE-11
  • La fase Alfa inicio en mayo de 2011 con el desarrollo y prueba de un boceto preliminar para asegurarse de que la clasificación es aceptable para las partes interesadas (proveedores, usuarios, investigadores, académicos, gobiernos, organismos de estadística, OMS y ONU)
  • La fase Beta inicio a partir de mayo de 2012 con la participación de algunos de los estados miembros de la OMS para verificar la validez, accesibilidad, implicaciones económicas y aplicabilidad de la clasificación.
  • En junio y julio de 2018, la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó la nueva Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11).
  • En enero de 2019, La CIE-11 se presentó y se aprobó en la reunión de la Junta Ejecutiva.
  • En mayo de 2019, La CIE-11 se presentó en la Asamblea Mundial de la Salud, Los Estados Miembros acordaron adoptar la onceava revisión de la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos (CIE-11).
  • Entrará en vigor el 1 de enero de 2022.
Las principales novedades que plantea la OMS para la CIE-11 son:
  1. Utiliza un contenido estandarizado para cada enfermedad que incluye: Nombre, definición concisa y comprensible, localización corporal, temporalidad, severidad, etiología, discapacidad, criterios diagnósticos y tratamiento.
  2. Por primera vez, es completamente electrónica y tiene un formato mucho más fácil de usar.
  3. Plataforma basada en Internet actualizada permanente y supervisada por expertos.
  4. No será traducida del inglés, sino construida simultáneamente en los seis idiomas oficiales de la Organización de Naciones Unidas (inglés, francés, español, ruso, chino y árabe) con verificación por expertos de la equivalencia lingüística.
  5. Esta Alineada con la CIF manteniendo la estructura de la CIE pero dando prioridad a los términos de la CIF cuando exista duplicidad.
  6. Códigos de extensión con su propio capítulo, incorporando y optimizando los códigos de daga y asterisco.